Index   Back Top Print

[ EN  - ES  - FR ]

DISCURSO DEL PAPA PABLO VI
A LOS PARTICIPANTES EN EL SEMINARIO
R
EGIONAL EUROPEO DE LAS NACIONES UNIDAS
SOBRE LA LIBERTAD DE INFORMACIÓN
*

Viernes 17 de abril de 1964

 

Nos os damos las gracias, Señores, por haber abandonado por unos instantes vuestras reuniones para venir aquí a visitarnos. Justamente habéis pensado que el tema de vuestras tareas «La libertad de información» podía ofrecernos ocasión para reflexionar provechosamente con vosotros sobre lo que piensa la Iglesia en tema tan grave y tan actual, y sobre las orientaciones con las que a través de su magisterio puede hacer que se beneficien los que, como vosotros, se preocupan de estas cuestiones en puestos de alta responsabilidad.

Es perfectamente evidente –casi no es necesario observarlo– que el problema de la información se presenta en el mundo de hoy de una manera sumamente diferente de lo que era en los pasados siglos, y esto en razón de la evolución de la sociedad. La información está reconocida, ya unánimemente como un derecho "universal, inviolable e inalienable" del hombre moderno; responde a una profunda necesidad de su naturaleza social; según la expresión de Nuestro venerado Predecesor Juan XXIII en su Encíclica Pacem in terris, tan justamente celebrada, «todo ser humano tiene derecho a una información objetiva».

Dado que se trata de un derecho basado en la naturaleza del hombre, no basta evidentemente que sea proclamado en teoría; es necesario además reconocerlo en la práctica, defenderlo, servirlo y guiar su ejercicio para que resulte conforme a su finalidad natural. Derecho a la vez activo y pasivo: la búsqueda de la información y la posibilidad para todos de recibirla.

Y es aquí donde aparece con toda claridad la importancia de la función del informador: permite a cada uno, mediante las informaciones que le suministra, conocer mejor las situaciones y poder tomar, con mejor conocimiento de causa, sus decisiones de hombre solidariamente responsable del grupo humano, al que pertenece.

Las actividades del informador van de este modo en beneficio no tan sólo de los individuos, sino de todo el cuerpo social. Dirigiéndose a delegados de empresas americanas de prensa y de radio, el 21 de julio de 1945, Nuestro Predecesor Pío XII no temió afirmar: "Es un servicio imprescindible el que vuestra profesión presta a la sociedad" (Discursos y Radiomensajes, VII, 125).

De esta finalidad de la información – ayudar al hombre a tener más conciencia de su destiño y del de la comunidad humana – derivan las leyes morales cuyo respeto es la garantía más segura de su sano ejercicio. Verdadera y honesta, fiel al acontecimiento, debe ser la información para cumplir con su función social, y no lo será sino que si el informador tiene la preocupación permanente de la objetividad.

Esto equivale a decir que la información tiene que responder ante todo a la verdad. Nadie, pues, tiene derecho a difundir conscientemente informaciones erróneas o presentadas bajo una luz que desnaturaliza su alcance. Nadie tampoco tiene derecho a elegir de manera arbitraria sus informaciones, no difundiendo más que lo que corresponde al sentido de sus opiniones y callando lo demás: se puede pecar contra la verdad tanto por omisiones calculadas como por afirmaciones inexactas.

No basta que la información sea objetiva. Es necesario también que sepa imponerse por sí misma los límites exigidos por un bien superior. Debe saber, por ejemplo, respetar el derecho de los demás a su buena reputación y detenerse ante el legítimo secreto de su vida privada. ¡Cuántas infracciones en nuestros días en estos dos puntos! Lo sabéis tan bien como Nos. Respetuosa de los demás y de su propio bien, la información habrá de serlo también –y más, tal vez– del bien común. ¿Quién se atrevería a sostener que toda información, cualquiera que sea, es igualmente bienhechora o inofensiva en todo tiempo y para todos los medios? Pensad, por ejemplo, en ese sector particularmente sensible y vulnerable que es la juventud. Esto equivale a fijar los límites que la misma dignidad de la información requiere para su ejercicio, no ya en razón de prohibiciones arbitrariamente impuestas desde fuera sino en virtud de las exigencias de su noble misión social.

Estas breves observaciones os habrán demostrado, !Señores, el atento interés que Nos dedicamos a la libertad de información y a sus condiciones concretas de ejercerla.

Habría mucho que decir además sobre la conciencia profesional de los informadores, en cuánto a los poderes públicos así como en relación con las personas; sobre los derechos y los deberes, de los poderes públicos con respecto a la información y a los informadores.

La Iglesia, como sabéis, se preocupa también de un problema algo diferente, pero que no deja de tener afinidad con el objeto presente de vuestros trabajos: el de la libertad religiosa. Se trata de una cuestión cuya importancia y amplitud son tales que el Concilio ecuménico se ha ocupado de ella. Se puede legítimamente esperar sobre este punto la promulgación de un texto que será de gran trascendencia no tan sólo para la Iglesia sino para todos los que –y son innumerables– se sientan alcanzados por una declaración autorizada en esta materia.

Para terminar, Nos os ofrecemos, Señores, Nuestros mejores votos por la feliz conclusión de vuestros trabajos, sobre los que Nos invocamos de todo corazón, así como sobre vuestras personas y vuestras familias, las mejores bendiciones.


*ORe (Buenos Aires), año XIV, n°609, p.1.

 



Copyright © Dicastero per la Comunicazione - Libreria Editrice Vaticana